Actualización semanal de casos: 01/19/2018

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Esta semana ha sido muy tranquila en cuanto a la publicación de casos: un caso de la BIA y un caso del Noveno Circuito que es un manual útil para los casos penales y de inmigración. Y, para que lo sepas, esta semana el Noveno Circuito sostuvo que la ley de California que prohibía la prostitución no era inconstitucional. Tuve que hacer clic en el caso cuando leí la cita: Erotic Service Provider Legal Education and Research Project v. Gascon, No. 16-5927 (9th Cir. 17 de enero de 2018). ¿Cómo puedes no buscar ese título? Los demandantes estaban representados por la ACLU y presentaron muchos argumentos constitucionales no frívolos, pero, por desgracia, el Noveno Circuito sostuvo que no es inconstitucional criminalizar la prostitución. Aquí están los casos de inmigración. Asegúrate de que la teoría jurídica de tu caso es sólida cuando comparezcas ante el Tribunal de Inmigración, y asegúrate de exponer en tu escrito todos los argumentos que expusiste en la Notificación de Apelación; de lo contrario, la BIA puede considerar que has renunciado a ellos. La BIA acaba de aclarar que no tendrá en cuenta un nuevo grupo social particular que no se haya presentado ante el Tribunal de Inmigración. En este caso, la no ciudadana alegó ante el IJ que era miembro de un grupo social formado por «[m]ujeres hondureñas solteras de 14 a 30 años que son víctimas de abusos sexuales en el seno de la familia y que no pueden recurrir al gobierno». El IJ sostuvo que este grupo no era reconocible en virtud de la ley. La no ciudadana admitió que no articuló un grupo social particular válido ante el Tribunal de Inmigración. Pero, en apelación, alegó que tenía derecho a asilo por pertenecer a un nuevo grupo social determinado, a saber, «mujeres y niñas hondureñas que no pueden romper los lazos familiares». Además, en su escrito de recurso articuló otro nuevo grupo social particular, «[l]as hijas mayores de edad sin ningún lugar al que acudir en busca de protección». En una nota a pie de página, la BIA se negó a abordar este argumento afirmando: «ella no presentó este argumento en su escrito de apelación, por lo que declinamos abordarlo». Asunto de W-Y-C- & H-0-B-, 27 I.&N. Dec. 189, 190 n.2 (BIA 2018). La BIA sostuvo: »

[it] es un órgano de apelación cuya función es revisar, no crear, un expediente….. Por tanto, es imperativo que las partes desarrollen plenamente el expediente ante el Juez de Inmigración. Llevamos mucho tiempo sosteniendo que, por lo general, no tomaremos en consideración un argumento o reclamación que podría haberse presentado ante el Juez de Inmigración, pero no se hizo». Asunto de W-Y-C & H-O-B-, 27 I.&N. Dec. en 190. Asegúrate de que tu teoría jurídica es sólida en el Tribunal de Inmigración. Una buena introducción al enfoque categórico e información importante sobre conspiraciones El Noveno Circuito sostuvo que una ley del Estado de Washington que prohíbe la conspiración para distribuir una sustancia controlada es una ley indivisible demasiado amplia. Según la ley federal, un acusado no puede ser condenado por conspiración si el único presunto conspirador es un agente federal o un informador. Según la ley de Washington, no es una defensa contra la conspiración criminal que el co-conspirador sea un agente de la ley u otro agente gubernamental. El Noveno estuvo de acuerdo en que la ley estatal era excesivamente amplia. (Nadie argumentó que fuera divisible, por lo que el Noveno Circuito no consideró el enfoque categórico modificado). El Tribunal sostuvo que «según el enfoque categórico «[n]ada depende de los detalles del delito previo del propio acusado».*.*.*. «O bien todas las condenas en virtud de una ley concreta cumplen los requisitos, o bien ninguna». United States v. Gasca-Ruiz, 852 F.3d 1167 (9th Cir. 2017) (cita U.S. v. Descamps, 133 S.Ct. at 2287 (2013)). Es una forma fácil de pensarlo. El Noveno sostuvo además que, dado que el estatuto era explícitamente más amplio que la definición federal genérica, no era necesario hacer un análisis Dueñas-Alvarez para constatar que existe una probabilidad realista de que el estado aplique su estatuto a conductas que quedan fuera de la definición genérica de delito. La concurrencia es brutal. Comienza con la siguiente frase «Todo lo bueno se acaba. Pero la doctrina jurídica aparentemente mala puede durar para siempre, a pesar de que innumerables jueces y magistrados insten a poner fin al llamado enfoque categórico de Taylor». United States v. Brown, No. 16-30218, slip op. at 13 (Owens, J., concurring) (9th Cir. Jan. 16, 2018). El juez Owens pide que el Tribunal Supremo o el Congreso «desechen todo este sistema». Id. en 14. Su solución es cambiar la ley para fijarse simplemente en la condena impuesta para determinar si el delito estatal se ajusta a la definición federal. Por cierto, la decisión Taylor, que inició el enfoque categórico, se dictó en 1990: es más antigua que algunos abogados.

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